LA NORMALIZACION EN MEXICO

La Dirección General de Normas publicó en su sitio web (http://www.economia.gob.mx/?P=2730) una serie de preguntas frecuentes en materia de Normalización.


NOM´s

¿Qué procedimiento se debe seguir para proponer la elaboración de una NOM?

Primero se debe elaborar un anteproyecto de NOM del producto a normalizar, este anteproyecto debe estructurarse conforme a las disposiciones establecidas en la norma mexicana NMX-Z-013-1997 "Guía para la redacción estructuración y presentación de las normas oficiales mexicanas": Una vez concluido el anteproyecto, se ingresa a la DGN una solicitud de elaboración de una norma oficial mexicana sobre el tema de interés, la cual debe estar sustentada en alguna o algunas de las fracciones del artículo 40, y se deben describir las características de uso del producto, a fin de proporcionar la mayor información en relación a los riesgos que corre el usuario en el manejo del mismo. Al momento del ingreso de la solicitud, ésta debe acompañarse del anteproyecto de NOM y de una relación de empresas e instituciones que integrarán al grupo de trabajo que analizará el citado anteproyecto de NOM.

¿Cómo se puede participar en la elaboración de una norma oficial mexicana?

La elaboración de las normas oficiales mexicanas se lleva a cabo en foros abiertos, donde toda persona física o moral interesada en la participación de la elaboración de alguna NOM puede hacerlo libremente, únicamente se requiere de un nombramiento por escrito, en el cual se indique el nombre o los nombres de las personas que asistirán a las reuniones de trabajo.

Finalmente, es importante hacer mención que cuando se trate de aclarar dudas sobre la elaboración de NOMs, se debe acudir al Centro de Información de la DGN (Ext. 43246) o bien a la Dirección de Normalización (4322 y 43227 y 43226) y cuando se trate de aclarar dudas sobre la aplicación de las NOMs, se debe acudir al Centro de Información o bien a la Dirección de Evaluación de la Conformidad de la DGN, cuya extensión es 43213.


NMX´s

¿En qué casos una norma mexicana es obligatoria?

Las normas mexicanas adquieren un carácter obligatorio, cuando:

Los particulares manifiesten que sus productos, procesos o servicios son conformes con dichas normas mexicanas;

Las dependencias requieran en una norma oficial mexicana la observancia de una norma mexicana para fines determinados, y

Las entidades de la administración pública federal adquieran, arrienden o contraten bienes o servicios, caso en el cual los particulares deberán cumplir con las normas mexicanas aplicables.


¿Durante el proceso de la NMX, de qué manera se da formalidad de que serán incluídos los comentarios recibidos durante el período de consulta pública ?

A diferencia de las normas oficiales mexicanas, en las que los comentarios se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF); los comentarios hechos a las normas mexicanas no son publicados en el DOF, pero se formalizan al dar respuesta en sesiones donde los que emitieron estos se encuentren presentes.


ONN


¿Cuáles son los requisitos para obtener el registro como organismo nacional de normalización?

Ser una persona que tenga por objeto social el de normalizar, que sus labores de normalización se lleven a cabo a través de comités integrados de manera equilibrada por personal técnico que represente a nivel nacional a productores, distribuidores, comercializadores, prestadores de servicios, consumidores, instituciones de educación superior y científica, colegios de profesionales, así como sectores de interés general y sin exclusión de ningún sector de la sociedad que pueda tener interés en sus actividades; y tengan cobertura nacional.

Presentar a la Secretaría de Economía, la solicitud de registro como Organismo Nacional de Normalización (formato SE-04-001, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2004-12-10), junto con la siguiente documentación:

1) Estatutos del solicitante (original y copia).

2) Documentación soporte sobre su capacidad técnica y financiera, así como su objeto social incluyendo descripción de actividades en marcha (original y copia).

3) Programa inicial de normalización calendarizando cada uno de los temas (original y copia).

4) Programa de financiamiento que asegure la continuidad de sus actividades (original y copia).

5) Carta de aceptación de compromisos (original y copia).

6) Manual de operación de la institución en el cual se detallan los procedimientos y actividades de cada una de las áreas de trabajo del organismo (original y copia).

7) Reglas de operación del CTNN del área a registrarse


¿Tiene costo el trámite de registro organismo nacional de normalización?

No, el trámite es gratuito.

PNN

¿Cuál es la fecha límite para solicitar la inclusión de temas al Programa Nacional de Normalización (PNN)?

Para que los temas puedan ser integrados al PNN deberán ser remitidos por las dependencias, los Organismos Nacionales de Normalización y los Comités Técnicos Nacionales de Normalización, a la Dirección General de Normas, en su carácter de Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización a más tardar el último día del mes de noviembre para el programa del año inmediato siguiente.

¿Cuál es la fecha límite para ingresar temas en el Suplemento al Programa Nacional de Normalización?

A fin de que se puedan integrar los temas, éstos deberán ser remitidos por las dependencias, los Organismos Nacionales de Normalización y los Comités Técnicos Nacionales de Normalización al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización a más tardar el último día del mes de junio del año al que corresponda el PNN.

México Calidad Suprema

¿Quienes puede utilizar la marca oficial?

Los productores que hayan obtenido certificado por parte de los organismos de certificación, para lo cual se deberá celebrar un contrato de sublicencia con dicho organismo.

¿Cuales son los Requisitos para la obtención de la acreditación para Certificar el Uso de la Marca México Calidad Suprema ?

Los organismos de certificación interesados en obtener la acreditación para la evaluación de la conformidad con el pliego de condiciones correspondiente deberán:

A.1 Presentar una solicitud de acreditación ante la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., ubicada en Manuel María Contreras número 133, piso 2, colonia Cuauhtémoc, 06597, México, D.F., en el formato que ésta elabore para tal efecto, indicando el producto o productos que pretende evaluar con base en el pliego de condiciones correspondiente, acompañándolo con los siguientes documentos:

a) Manual de Procedimientos de Aseguramiento de la Calidad y Procedimientos técnicos operativos de certificación del pliego o los pliegos de condiciones correspondientes. Dichos manuales deberán estar basados en las normas mexicanas de sistemas de calidad, y cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-EC-065-IMNC-2000, "Requisitos generales para organismos de certificación que operan sistemas de certificación de producto".

b) Demostrar que se cuenta con la adecuada capacidad técnica, material y humana, en relación con los servicios que pretende prestar, de acuerdo con lo establecido en la Norma Mexicana NMX-EC-065-IMNC-2000, a través de la evaluación que llevará a cabo la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C.

c) Currícula del personal que realizará las labores de certificación del pliego o los pliegos de condiciones correspondientes.

A.2 El personal que se destine para las labores de certificación deberá:

a) Contar con una escolaridad mínima de educación media superior.

b) Tomar el curso de inducción que impartirá la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en el lugar y fecha que se les indicará al momento de presentar su solicitud de acreditación, y

c) Aprobar con una calificación de 80 sobre 100, el examen de conocimientos que aplicará y calificará de manera coordinada la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., y la Dirección General de Normas, para efecto de proceder, en su caso, a la acreditación del organismo de certificación correspondiente.


¿Cuáles son los Requisitos para obtener el uso del sello México Calidad Suprema?

Para que la Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, otorgue la licencia para el uso no exclusivo de la marca oficial ?México Calidad Suprema?, los organismos de certificación interesados deberán:

B.1 Haber obtenido de la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., la acreditación para evaluar la conformidad de acuerdo con el pliego de condiciones correspondiente;

B.2 Solicitar a la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía, en escrito libre la solicitud de licencia de uso no exclusivo de la marca oficial ?México Calidad Suprema?, acompañado de la siguiente documentación:

a) Original y copia para cotejo del acta constitutiva del organismo de certificación interesado;

b) Original y copia para cotejo de la acreditación correspondiente;


¿Qué se debe realizar para obtener la certificación?

Cumplir con los requerimientos establecidos en los pliegos de condiciones para el uso de la marca oficial publicados en la página de internet www.mexicocalidadsuprema.com.mx, para lo cual los organismos de certificación acreditados y aprobados en términos de la LFMN, deberán hacer la certificación correspondiente.

Hecho en México

¿Quienes puedes obtener el uso del logotipo Hecho en México?

Cámaras Empresariales y/o sus Confederaciones, así como sus agremiados; asociaciones o sociedades civiles; cualquier tipo de organización empresarial legalmente constituida; las micro, pequeñas y medianas empresas o personas físicas con actividad empresarial.

¿Cuales son los requisitos para solicitar los logotipos Hecho en México?

Presentar una solicitud ya sea en la Dirección General de Normas, Delegaciones y Subdelegaciones de la Secretaría de Economía, a la cual deberá anexar los siguientes documentos:

Para empresas constituidas conforme a la legislación nacional:

Copia del acta constitutiva de la empresa

Copia del poder notarial del representante legal, en donde conste que tiene facultades suficientes para realizar el trámite

Copia de la identificación oficial del representante legal

Copia de la Cédula Fiscal y del Alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Copia de un comprobante de domicilio de empresa

Relación de productos que ostentarán el logotipo

En caso de que el trámite lo realice una persona distinta al representante legal, deberá acompañar un carta poder firmada por dos testigos, siempre y cuando el representante legal tenga las facultades suficientes para poder otorgar poderes.

Para personas físicas con actividad empresarial:

Copia de una identificación oficial.

Copia del alta ante Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en donde conste el alta de la persona fisica para realizar actividades empresariales.

Copia de un comprobante de domicilio

Relación de productos que ostentaran el logotipo


Normas Extranjeras

¿Cuál es la diferencia entre un reglamento técnico y una norma?

Un REGLAMENTO TÉCNICO es un documento que establece las características de un producto o proceso y métodos de producción con ellos relacionados, con inclusión de las disposiciones administrativas aplicables, y cuya observancia es OBLIGATORIA. El equivalente a un reglamento técnico en México es la NORMA OFICIAL MEXICANA (NOM).

Por otro lado, una NORMA es un documento que establece las características de un producto o proceso y métodos de producción con ellos relacionados, con implicaciones de calidad, y cuya observancia es voluntaria. El equivalente de una NORMA en México es la NORMA MEXICANA (NMX)


¿Cómo puedo saber qué reglamentos técnicos o normas me exigirá un país al exportar mis productos?

Para conocer los reglamentos técnicos, normas y procedimientos que le exigirán a sus productos en otros países, deberá solicitarlo al Punto de Contacto ante la OMC y Socios Comerciales, quién a su vez contactará al Punto de Contacto del país de interés, para obtener la información más actualizada posible:

Lic. Virginia Guerrero Valdés
Subdirectora para la OMC y Socios Comerciales
57299300 ext. 43245
[email protected]

¿Qué puedo hacer si un reglamento técnico o una medida sanitaria o fitosanitaria afectan la exportación de mis productos?

Existen 2 vías para hacerlo:

Vía solicitud formal o por correo electrónico a [email protected]

A través de su presentación en el Comité de Atención al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio

Las solicitudes serán analizadas y atendidas, y se buscará su solución a través del Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio en la Organización Mundial del Comercio, o a través de los Comités de Medidas Relativas a la Normalización que tenemos en los Tratados de Libre Comercio con nuestros socios comerciales.

Una manera de prevenir que un reglamento técnico de algún país se convierta en obstáculo para la comercialización de sus vienes es inscribiéndose al sistema gratuito de Notificanorm-Alert (http://www.economia.gob.mx/?P=211), que le hará llegar a su correo electrónico las notificaciones de proyectos de reglamentos técnicos y normas del producto de su interés, para poder hacer comentarios antes de que éstos sean implementados.


En la siguiente liga encontrará una presentacion de Power point acerca de la Normalización.

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